06 abril 2006

''Discrimina'' la reforma a radios comunitarias: CIDH

ALMA E. MUÑOZ Y JOSE A. ROMAN


La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) señaló al Estado mexicano que la reforma a la recién aprobada Ley Federal de Radio y Televisión es incompatible con la democracia y le resulta ''inadmisible'' que establezca ''marcos legales discriminatorios'' y ''con criterios únicamente económicos'' para el otorgamiento de concesiones y licencias.

Por lo anterior, en carta enviada al secretario de Relaciones Exteriores, Luis Ernesto Derbez, le otorgó un plazo de siete días, a partir del lunes pasado, para argumentar en sentido contrario. En la misiva, que firma el secretario ejecutivo adjunto de la CIDH, Ariel Dulitzky, se notifica que las informaciones recibidas al respecto -inicialmente por parte de la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos (CMDPDH) y la Asociación Mundial de Radios Comunitarias (Amarc), sede México- indican que ''dicha reforma legal podría afectar la tenencia y las licencias de las radios comunitarias de grupos minoritarios de la población, como sería el caso de los pueblos indígenas y otros grupos vulnerables''.

Insiste en que la Convención Interamericana de Derechos Humanos garantiza a toda persona el derecho a la libertad de expresión. En específico, que en su artículo 13 establece que ''deben contemplarse criterios democráticos en igualdad de oportunidades para el acceso a las frecuencias''. Además, que desde 2003 la CIDH da un seguimiento puntual al tema de las radios comunitarias, porque éstas cubren una necesidad informativa de ''aquellas mayorías más empobrecidas y vulnerables que cada día necesitan más canales de comunicación".

El organismo menciona que en su informe anual de 2002, el entonces relator especial para la libertad de expresión, Eduardo Bertoni, expresó que ''dada la importancia que pueden tener estos canales en el ejercicio de la libertad de expresión comunitaria resulta inadmisible el establecimiento de marcos legales discriminatorios que obstaculizan la adjudicación de frecuencias a radios comunitarias''.

Asimismo, consideró que los criterios únicamente económicos para el otorgamiento de concesiones, sin una oportunidad equitativa para todos los actores, son ''incompatibles con la democracia participativa y con el derecho a la libertad de expresión e información, garantizado en la Convención Interamericana''.

Por todo lo anterior, solicitó al gobierno le proporcione información sobre las modificaciones a la Ley Federal de Telecomunicaciones y a la Ley Federal de Radio y Televisión, aprobada el 30 de marzo pasado por el Senado, así como las políticas referentes a las radios comunitarias, ''todo ello en el marco de las normas internacionales que garantizan el derecho a la libertad de expresión".

Una vez que la cancillería recibió el pasado lunes dicho documento, envió de inmediato notificaciones a las secretarías de Gobernación y de Comunicaciones y Transportes, y a las comisiones Federal de Telecomunicaciones y Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, para que en nombre del gobierno respondan las interrogantes del organismo.
Rodrigo Labardini, director general de la Unidad de Derechos Humanos de la cancillería mexicana, firmó los memorandos, mismos que se clasificaron como documentos ''reservados'', DDHCIDH1535106, expediente 14010-20.

De manera alterna, ayer el mismo secretario ejecutivo adjunto de la CIDH, Ariel Dulitzky, envió un comunicado al director de la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos, Fabián Sánchez Matus, para informarle que en los últimos días han recibido de diversas fuentes datos acerca del proceso de aprobación de la reforma, ''incluidas las comunicaciones presentadas por ustedes''.

Tales antecedentes, indicó, ''han motivado una solicitud de información al Estado mexicano bajo las facultades establecidas en el artículo 41 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos''. Sobre todo, lo referente a estimular la conciencia de los derechos humanos, formular recomendaciones cuando lo estime conveniente a los gobiernos de los estados miembros para que adopten medidas progresivas en la materia, dentro del marco de sus leyes internas y sus preceptos constitucionales, y solicitarles informes al respecto.

http://www.jornada.unam.mx/2006/04/05/003n1pol.php